La inflación sube, las cuotas de autónomos van a seguir lastrando más a los que menos facturan, el gas y la luz son más caras que hace años, y qué decir de los alquileres: la renta por una oficina o un local en una ciudad grande es casi que un lujo para millonarios. Si a todo ello le sumas hijos —o, si se quiere, mascotas, en una versión más humilde y millennial—, a los trabajadores por cuenta propia se nos abren tres caminos:
Porque así es la vida. Hace años, se vendía que el sueño de tantos y tantos trabajadores por cuenta ajena era el de emprender, tener su propio negocio, ser libres de ataduras. Las tornas han cambiado: los que ahora sueñan son los trabajadores por cuenta propia, y su ensoñación es la de tener una vida medianamente tranquila gracias a un puesto laboral en una empresa. Uno que, al menos, les permita equilibrar sus ingresos de autónomo.
La salida para muchos autónomos, hoy por hoy, es la pluriactividad.
La definición de pluriactividad es la de aquella posición laboral en la que una persona física es asalariada y autónoma simultáneamente. Es decir, que trabaja como profesional por cuenta propia a la vez que está empleado por una empresa, que puede ser o no del mismo sector.
Da igual qué haya comenzado primero, la carrera autónoma o la de trabajador por cuenta ajena: si hay punto en el que ambos estados laborales coinciden, dicha persona se encontrará en estado de pluriactividad.
Y ojo, muy importante: pluriactividad no se debe confundir con pluriempleo. El pluriempleo hace referencia al estado laboral de una persona que desempeña dos o más trabajos a la vez, pero todos ellos pueden ser por cuenta ajena. En la pluriactividad, por contra, se necesita que al menos uno de ellos sea por cuenta propia y al menos otro sea como asalariado.
Es un proceso sencillo y del todo normal, ya que no se necesita ningún permiso especial o trámite extremadamente complicado. Si uno es trabajador asalariado y quiere darse de alta como autónomo, todo lo que tiene que hacer es seguir el proceso habitual para inscribirse en el RETA (el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
Al contrario es todavía más fácil: si uno es trabajador por cuenta propia y va a iniciar una relación laboral con un empleador, este será el responsable de llevar a cabo todo el papeleo del alta en la Seguridad Social. Eso sí, se deberá tener en cuenta que las ayudas a la pluriactividad solo funcionan en el primero de los casos: cuando una persona física que ya es trabajadora por cuenta ajena se da de alta como autónoma.
El procedimiento para ser autónomo en pluriactividad consta de dos pasos: el alta en la Agencia Tributaria y el epígrafe correspondiente del IAE mediante el modelo 036/037, y el alta en el RETA en una oficina de la Seguridad Social.
Así pues, se puede decir que el proceso para hacer el alta de autónomo en pluriactividad es exactamente el mismo que el de un autónomo normal, con la diferencia de que, si se quiere acceder a las bonificaciones por pluriactividad, habrá que solicitarlas en el momento en la Seguridad Social.
La pluriactividad de los autónomos aporta ciertas ventajas, como no podía ser de otra forma. ¿Quién si no se iba a poner en semejante brete de tener dos trabajos (uno de ellos por cuenta propia, ojo, con todo los quebraderos de cabeza de perseguir a morosos, organizar el trabajo, no tener vacaciones y ese largo etcétera de pesadillas del autónomo) si no fuera porque aporta aspectos positivos?
Así a bote pronto, a nosotros se nos ocurren unos cuantos.
El estado español ofrece ciertas ayudas que pretenden apoyar el emprendimiento, así como otras específicas para los trabajadores por cuenta ajena que deciden darse de alta como autónomos y establecerse en la Seguridad Social en régimen de pluriactividad. Un ejemplo de las primeras son las tarifas planas sobre la cuota de autónomos, de las segundas lo serían las bonificaciones para autónomos en pluriactividad.
La bonificación para autónomos en pluriactividad es una ayuda que se debe solicitar en el momento del alta como trabajador por cuenta propia en la Seguridad Social. Para poder acceder a ella se deben cumplir dos condiciones:
Luego, la cuantía de las bonificaciones dependerá de si el trabajo por cuenta ajena es a jornada completa o parcial.
Si el trabajo es a jornada completa
Si el trabajo es a media jornada (superior al 50% de las horas)
Por supuesto, la bonificación no es obligatoria. El nuevo autónomo en situación de pluriactividad podrá cotizar desde el primer día por el tope máximo de cotización si así lo desea. O podrá optar por otra de las ayudas a nuevos autónomos, como es la tarifa plana, que no es compatible con la bonificación.
Recalquémoslo otra vez, por si acaso: la tarifa plana para autónomos en pluriactividad no es compatible con la bonificación de las cotizaciones. Y también cabe decir que la tarifa plana no es una ayuda exclusiva para nuevos autónomos en régimen de pluriactividad, sino que es válida para cualquier nuevo trabajador por cuenta propia.
Para acceder a la tarifa plana se deben cumplir los siguientes requisitos:
Luego, la extensión en el tiempo de la tarifa plana y sus cuantías dependen de cada caso. A saber:
Y todo está muy bien, dirás, gracias por la información, y tal y cual. Pero si solo se puede escoger una de las dos, la tarifa plana o la bonificación, la pregunta clave es: ¿qué compensa más, solicitar la tarifa plana o la bonificación para la pluriactividad?
Ahí habría que tener en cuenta el efecto de las bonificaciones y las tarifas planas sobre la cuota de autónomos en régimen pluriactividad, así como el caso particular de cada persona y la intención que tenga con su alta en autónomos. Y, en este sentido, varios aspectos son clave:
Basándonos en ello, así como en las cuantías que especificamos en los puntos anteriores, podemos extraer los siguiente:
No, no has leído mal el enunciado y los rumores que circulan por el Westeros de los autónomos son ciertos: la Seguridad Social, a veces, te devuelve el dinero de tus cotizaciones.
Este fenómeno similar al Cometa Haley tiene lugar cuando un autónomo en régimen de pluriactividad ha cotizado en exceso a través de la suma de sus pagos a la Seguridad Social como autónomo y como trabajador asalariado. En tal caso, la Seguridad Social devuelve un máximo del 50% de dicha cotización excesiva antes del 1 de mayo del ejercicio siguiente. Sin tener que realizar una solicitud ni nada, así de majos son en la SS —la de España, eh; no la de Alemania de hace 70 años—.
Lo gracioso viene cuando se define qué se entiende exactamente por “cotizar en exceso”. Más o menos, viene a ser el cotizar más de 1200 euros al mes. Cotizar, ojo, no facturar. Si ese es tu caso y te va tan bien que puedes cotizar lo que muchos ganan mensualmente, nuestros dieses.
A ver, que no todo iba a ser color de rosa. La pluriactividad tiene sus ventajas, sus ayudas, sus cosillas que te pueden hacer plantearte si dar el salto a ella… pero, lamentablemente, una de ellas no es el paro.
Si estás en régimen de pluriactividad y eres despedido de tu trabajo como empleado, pero te mantienes como autónomo, no podrás optar a la prestación por desempleo. La vida, a veces, es dura.
Pero tal y como hacen las orquestas de pueblo en la última hora de la verbena, tal y como hace la Olympus cuando cierra con Dolores se llamaba Lola de Los Suaves, hemos dejado una de las mejores noticias para el final.
Porque si decides darte de alta como autónomo en régimen de pluriactividad, tendrás la posibilidad de hacer la declaración de la renta y el pago de tus impuestos de forma conjunta, sin tener que realizar un procedimiento para cada uno de tus trabajos.
¿Te sabe a poco como buena noticia final? Eso es porque has llegado al final de esta particular verbena sobre la pluriactividad de los autónomos y porque, cuando se acaban, todas las noches saben a poco. Pero ya verás qué alegría mañana cuando recuerdes todo lo que has aprendido con este artículo, sonrías y tomes tu decisión de si hacerte pluriactivo o no. Ahí sí agradecerás el habernos leído.
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