En esta vida siempre hay que desconfiar de los que repiten sin cesar el mantra aquel de que “antes se vivía mejor”. Porque ya lo dijo el escritor libanés Rabih Alameddine: “Ninguna nostalgia se siente tan fuerte como la nostalgia por las cosas que nunca existieron”. Y una forma rápida de demostrar que cualquier tiempo pasado no fue mejor es hablar de la baja de paternidad y maternidad para autónomos en 2024, y compararla con sus predecesoras.
Siquiera hay que irse demasiado lejos en el tiempo. En 2017, ser freelance y padre significaba tener acceso a una baja por paternidad como autónomo de, tachán, tachán, ¡13 días! Esto quería decir que, para ejercer el papel de trabajador por cuenta propia y de progenitor funcional a la vez, había que cumplir con, al menos, dos de las siguientes características:
Por suerte, ya no vivimos en 2017. Ahora, con los cambios en el permiso de paternidad y maternidad que entraron en vigor en el 2023, compaginar la vida de progenitor de un recién nacido con trabajar de autónomo se ha vuelto algo más factible. Te explicamos por qué.
Comencemos con la baja de maternidad para autónomas en 2024. Lo primero que cabe decir sobre ella es que lleva años instalada en la misma duración: 16 semanas desde el nacimiento de la niña o niño.
Por supuesto, existen las excepciones para aquellas madres que lo necesiten. Dicho periodo de 16 semanas se puede alargar en casos de discapacidad del bebé o nacimientos prematuros (hasta un máximo de dos semanas más por cada hijo), así como en partos múltiples (hasta un máximo de 13 más).
Además, una de las mayores novedades introducidas en los últimos tiempos es la de poder disfrutar del permiso de forma discontinua. Salvo el periodo inicial de seis semanas, que debe ser utilizado por los dos progenitores a la vez, padre y madre podrán organizar sus diez semanas restantes de la manera que quieran, aunque siempre a lo largo del primer año de vida de la niña o niño. Una vía para mejorar algo que, hasta hace poco, sonaba en España a chino: la conciliación familiar.
El proceso para solicitar la baja de maternidad en 2024 para autónomas es bien sencillo. Se debe llevar a cabo en la Seguridad Social, en los 15 días siguientes al parto, acogida, o adopción, y se puede realizar por dos vías diferentes:
Sea cual sea el método por el que decidas decantarte, la documentación que estás obligada a presentar no varía:
Como no podía ser de otra forma, también existen unos requisitos para cobrar la prestación por maternidad para autónomas. Porque los tiempos siempre mejoran, claro, pero esto tampoco iba a ser jauja.
Los dos primeros requisitos, eso sí, no pueden ser más obvios. Para cobrar la prestación por maternidad para autónomas hay que (como diría la siempre divina Isabel Gemio), sorpresa, sorpresa, ser:
Más allá de lo obvio, también existe un periodo mínimo de tiempo cotizado a la Seguridad Social. A este respecto, se establecen varias franjas dependiendo de la edad de la madre en el momento del parto (o resolución judicial).
Y para las mayores de 26, el periodo de cotización asciende a 180 días en los últimos siete años, o 360 a lo largo de toda la vida laboral.
La prestación de baja por maternidad de las autónomas se cobrará a mes vencido el último día de cada mes. Es decir, si tu hijo nace el 30 de octubre —uy, cuidado con los escorpio, que ya sabes lo que dice de ellos Esperanza Gracia— y tu baja es efectiva a partir del 1 de noviembre, el pago se realizará el último día laborable de noviembre.
Y te preguntarás: ¿pero cuánto se cobra de baja por maternidad, exactamente, en 2024? Pues la respuesta es fácil: el 100% de la base de cotización o de la base reguladora correspondiente, igual que en el caso de la base de paternidad.
Dicho de otro modo, si cotizas por la base mínima (o si tu alta como autónomo ha sido después de las nuevas normativas de cotización establecidas en 2023 y aún no la has cambiado) recibirás 960,78€ mensuales, que corresponden a tu base. Si por el contrario, tienes otra base de cotización distinta según tus rendimientos mensuales, recibirás la cantidad correspondiente a la base por la cual hayas estado cotizando
A diferencia de la baja de paternidad para autónomos en 2024, la prestación por maternidad cuenta con una particularidad a mayores: la tarifa plana. Esta sirve para que las madres autónomas que retomen su trabajo tras la baja puedan seguir beneficiándose de una reducción del 80% de la cuota de contingencias comunes durante los 24 meses inmediatamente siguientes a la fecha de su reincorporación al trabajo.
Vayamos ahora con los papás. Desde las últimas reformas aplicadas en 2021, la baja de paternidad para autónomos no se diferencia tanto de la de maternidad. Ambas cuentan con una extensión de 16 semanas y, en esencia, tienen las mismas características. Algo que, por otra parte, ya iba siendo hora, tanto que nos vanagloriamos de ser un país moderno.
Por ejemplo, la prestación por paternidad para autónomos es la misma que por maternidad: el 100% de la base de cotización o de la base reguladora correspondiente.
También de la misma forma que en el caso de las madres, el permiso por paternidad se debe solicitar en los 15 días siguientes al parto o resolución judicial.
Un aspecto en el que hay ciertos detalles que sí cambian respecto a la baja por maternidad es en lo tocante a los requisitos para cobrar la baja por ser padre y autónomo.
Aquí, por ejemplo, podemos hablar de los requisitos súper obvios, que son similares al permiso de maternidad: ser padre, autónomo y estar al corriente de los pagos con la Seguridad Social.
Son los relacionados con la vida laboral los que sí ofrecen ciertas modificaciones. Porque para poder cobrar la baja por paternidad para autónomos, un padre debe tener una cotización de al menos 180 días durante los siete años anteriores, o un total de 360 días durante la vida laboral.
Pero vamos a ver, ¿todavía no sabes cómo solicitar la baja de paternidad en 2023 si eres autónomo? No nos digas más, te has saltado el punto en el que explicábamos esto mismo para el permiso de maternidad, ¿no? 😠 Pues que sepas que los artículos se deben leer enteros, querido lector, porque si lo hubieses hecho, ya sabrías todo lo necesario: que el proceso es esencialmente el mismo.
A ver, que te lo explicamos otra vez.
La solicitud de la baja de paternidad se puede realizar de dos formas: online a través de la web de la Seguridad Social, o de forma presencial en una de sus oficinas físicas.
Además, para dicho proceso deberás contar con cierta documentación:
16 semanas, igual que en el caso de la prestación de maternidad.
Tanto en el caso de la maternidad como de la paternidad, el pago de la cuota de autónomos está 100% bonificado por lo que respecta la parte de las contingencias comunes durante el periodo de la baja.
Ser autónomo es complicado, y ejercer de padre o madre ni te cuento, por lo que cualquier ayuda se agradece. Y esta, pues mucho más todavía. Ya verás que alivio cuando revises la cuenta bancaria a final de mes y veas que te sobran 300 euros para pañales. Darás gracias a todo lo que hemos cambiado, y al santo que hizo evolucionar la baja de paternidad y maternidad para autónomos hasta 2024 😉.
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