Ha llegado el momento, porque habéis sido muchos los que nos habéis escrito con el mismo tipo de duda. Lo ha hecho Daniel, que, oh, precioso, quiere mudarse a Alemania para vivir con su pareja, Wolfgang. Lo ha hecho Sara, que tiene un proyecto de un año para fotografiar focas en Madeira. Y hasta Eider, que simplemente se quiere despedir de Ormaiztegi y vivir en un sitio más soleado. Ellos y muchos otros nos habéis escrito al buzón de Xolo con una misma duda: la de si se puede trabajar en el extranjero y ser autónomo en España.
La respuesta, porque en Xolo tenemos la respuesta para todo lo relacionado con los papeles y trámites del autónomo, es que sí, que sí se puede trabajar en territorio extranjero y, a la vez, estar dado de alta y cumplir con todos los requisitos del trabajador por cuenta propia en España. Al menos durante un tiempo.
A dicha figura se la conoce como autónomo desplazado, y en este artículo vamos a tratar cada uno de sus detalles para resolver todas vuestras dudas. Explicaremos qué requisitos se deben cumplir, cuánto tiempo se puede ser autónomo desplazado y cuáles son las obligaciones que conlleva con Hacienda y la Seguridad Social.
También, claro, acabaremos diciéndote cuál es la vía más sencilla para no complicarte la vida viviendo en el extranjero y siendo autónoma en España, sin entrar en conflictos con la siempre peligrosa administración. Y aquí, eso sí, nos vamos a permitir un spoiler: esa vía es con Xolo.
En pleno año 2023, en pleno siglo del movimiento y la globalización, no tenía mucho sentido que la legislación española no contemplase la posibilidad de que los trabajadores con residencia fiscal en el país viviesen unos meses, o unos años, por el motivo que fuese, lejos de España. Porque vale que aquí hay y ha habido cosas anticuadas —como tirar cabras desde el campanario de Manganeses de la Lampreana para celebrar las fiestas, por ejemplo—, pero esto de no permitir desplazarse a los autónomos fuera del país ya sería demasiado.
Por lo tanto, para suplir esta demanda, la legislación del trabajo por cuenta propia contempla la figura del autónomo desplazado, que nos permite vivir en un país extranjero durante un año —plazo que puede ser prorrogable— y seguir cotizando en España como trabajador por cuenta propia.
Qué procesos hay que llevar a cabo para obtener esta consideración es algo que te explicamos en el siguiente punto, pero ten dos cosas claras:
Como hemos dicho, el proceso para reclamar a la Seguridad Social el estatus de autónomo desplazado variará dependiendo del país de destino, pero los requisitos comunes a la mayoría son relativamente sencillos:
Veamos ahora las diferencias en el proceso según el país de destino.
Si tu país de destino como autónomo desplazado es cualquier estado miembro de la Unión Europea o Suiza, non ti preoccupare, lasai, chill. Da igual en qué idioma digas lo de relájate, porque una de las muchas cosas buenas que tiene pertenecer a la UE es lo que nos ahorramos en papeleo para viajar por el continente. Si no, que se lo pregunten a los británicos que votaron a favor del Brexit.
En el caso que nos ocupa, bastará con que presentes tu modelo TA.300 ante la Seguridad Social y consigas tu formulario E.101 para poder irte a trabajar a cualquier punto de la UE (o Suiza) y seguir cotizando como autónomo en España.
Y no solo eso: otra ventaja es que, en cualquier país europeo, te asegurarás la cobertura sanitaria con solo llevar tu tarjeta sanitaria europea.
El tema de trabajar en el extranjero y ser autónomo en España se complica un poco más cuando se trata de desplazarse a un país que no es Suiza o forma parte de la UE, pero que guarda algún tipo de acuerdo o convenio al respecto con la Seguridad Social española.
En estos casos, a la presentación del famoso modelo TA.300, habrá que sumarle otros formularios extra. Dichos formularios están disponibles en la web de la Seguridad Social, y se agrupan en tres categorías principales:
Por último, llegamos al caso más complejo: el desplazamiento a países que no forman parte de la UE, ni del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, ni guardan un convenio bilateral con España, ni son Suiza, o Turquía.
En este caso, el trabajador que quiera conseguir el estatus de autónomo desplazado en un país extranjero deberá contactar directamente con la Seguridad Social, ya que no hay un proceso establecido para solicitarlo.
Vamos a ver, aquí hay que dejar claro un matiz: no es lo mismo desplazarse temporalmente que mudarse definitivamente. En consonancia con esta lógica aplastante, la legislación española contempla un máximo de doce meses para trabajar en el extranjero y ser autónomo en España.
A partir de ahí, eso sí, se abre la posibilidad de solicitar prórrogas de entre seis y doce meses en el estatus de autónomo desplazado. Estas solicitudes se deben realizar mediante el formulario E-102 de “Prórroga de desplazamiento o de actividad no asalariada”, documento que se debe presentar en:
Más allá de esta primera prórroga de doce meses, la Seguridad Social española solo concederá nuevas prórrogas de manera excepcional.
Todo aquel trabajador por cuenta propia que haya adquirido el estatus de autónomo desplazado no se tendrá que preocupar de nada: aún pese a llevar a cabo su actividad en el extranjero de manera temporal, seguirá cotizando bajo los mismos parámetros, a cambio de los mismos beneficios y con las mismas cuotas de autónomos que lo hacía cuando residía en España.
Pero, como bien hemos dicho, esto no es más que una solución temporal, con un horizonte muy claro: un año con una prórroga máxima de otro año extra. Y la pregunta clave aquí es la de qué sucede a partir de ahí.
En nuestra opinión, una vez finalizada la primera prórroga, caben tres opciones:
Por último, a la hora de hablar de las obligaciones fiscales de los autónomos desplazados, hay otra pregunta que es muy recurrente: la de dónde se pagan impuestos, si en el país de destino o en España.
Pues bien, esta respuesta es bien sencilla: todo depende de dónde esté la residencia fiscal del trabajador en cuestión. Si su residencia fiscal se encuentra en España, tributará ante la Agencia Tributaria española. Si su residencia fiscal está en otro país, hará lo propio ante el organismo correspondiente de dicho estado.
De esta manera, para mantener la residencia fiscal en España, aunque no se viva de forma habitual en el país, se debe cumplir con, al menos, uno de los siguientes requisitos:
Dependiendo de dónde el autónomo desplazado tenga su residencia fiscal, en España o en el extranjero, cabe hablar de tres impuestos: el IVA, el IRPF y el de la renta para no residentes.
Toda aquella persona física que quiera trabajar en el extranjero y ser autónomo en España tendrá que seguir haciendo frente al IVA, faltaría más. Porque no, amiga, no te ibas a librar tan fácilmente de este impuesto.
¿Cuál es la principal diferencia? Que, si sigues manteniendo el estatus de residente fiscal español, el IVA extranjero (y aquí se incluye el del país de desplazamiento) se incluirá como gasto por el todo en la declaración del IRPF. Es decir: que si compras un ordenador cuyo precio base es de 600 euros, a lo que se le suman 100 euros de IVA extranjero, en tu declaración del IRPF declararás un gasto total de 700 euros por el ordenador.
Por otra parte, si eres residente fiscal en un país extranjero, tendrás que cumplir con la legislación vigente en tal país, como es lógico.
En términos del IRPF del autónomo desplazado se aplica la misma lógica que con el IVA: si se mantiene el estatus de residente fiscal español, habrá que cumplir con la normativa del IRPF español a todos los efectos. De lo contrario, habrá que cumplir con la del país de desplazamiento.
Por último, hay que hablar del modelo 210, la renta de los no residentes.
Porque, aunque seas residente fiscal en otro país, esto no quiere decir que no sigas teniendo intereses económicos en España. Imagínate, por ejemplo, que tú resides en Grecia pero que has alquilado a dos hippies alemanes tu vieja casa de Manganeses de la Lampreana. Pues bien: esos ingresos los tendrás que declarar mediante el modelo 210.
Ya lo has visto: trabajar en el extranjero y ser autónomo en España no es tan difícil, especialmente cuando sigues la guía de alguien que sabe de esto, alguien que controla la administración como la palma de su mano. Alguien, para qué mentir, como Xolo 😎.
Tú suscríbete a Xolo, deja todo el papeleo de autónomo y tu relación con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social en nuestras manos, y desplázate por ahí adelante con toda la tranquilidad del mundo. Además, te ofreceremos:
✔️ Un programa de facturación propio
✔️ Alta de autónomo GRATIS en la Seguridad Social y Hacienda
✔️ Y un equipo de gestores que presentará las declaraciones de impuestos de forma correcta
En Laponia o en Hungría, en Xolo queremos ser tu gestoría (y prometemos que el papeleo se nos da mejor que las rimas, así que imagínate).
Este artículo es una guía detallada para trabajar en el extranjero y ser autónomo en España, repasando los requisitos, procesos y obligaciones involucrados en esta situación. Aquí hay un resumen de los pasos a seguir:
Xolo es mucho más que una gestoría digital. Ayudamos a los freelance con el papeleo para que puedan dedicar su tiempo a hacer crecer su negocio. Ofrecemos soluciones de facturación, contabilidad y fiscalidad para escalar la revolución freelance y del futuro del trabajo.