No sabemos si es porque el Festival de Cannes está ahí cerquita ya, o porque la última vez que pegó la tramuntana nos dejó un tanto afrancesados, pero lo cierto es que llevamos unas semanas con espíritu de película francesa independiente. Estamos un poco intensitos, existenciales, divagadores. Tenemos, en definitiva, ganas de hablar de los errores, de las malas decisiones y de las elecciones vitales que nos salen rana.
Pero ya que a ti, trabajadora por cuenta propia y sufridora, lo que en Xolo pensemos sobre los errores vitales y las malas decisiones te importará bien poco, hemos decidido darle una vuelta al tema, para adaptarlo a lo que necesitas. Y es por ello que vamos a dedicar este artículo a hablar de las sanciones por errores en la facturación de los autónomos.
Porque, como bien sabrás, todos cometemos errores y fallos, y aquí trataremos todos los que tienen que ver con nuestra emisión de facturas: en qué niveles se dividen, cuánto nos pueden costar a final de mes y qué podemos hacer para evitarlos. También, por último, veremos ejemplos de sanciones por facturación incorrecta.
Todo ello para que nunca cometas estos errores, o para que no los vuelvas a cometer. O, en caso de que seas una de esas adictas al drama como casi todo director francés de cine, para que al menos sepas a qué te vas a enfrentar si caes de nuevo en ellos.
Así que… prêt, feu, ¡partez! 🎥
A ver, digamos que la teoría básica sobre la facturación de autónomos es sencilla, y ya la hemos ido comentando en algún que otro artículo, en momentos menos existenciales de nuestra vida. Una teoría que, como probablemente bien sabrás, se basa en cuatro pilares:
Pero, ¿y qué sucede si cometemos un error en cualquiera de estos cuatro puntos? Es para responder a esta pregunta que hemos creado este artículo.
Resumiendo mucho, cualquier error en la facturación que podamos cometer con nuestras facturas y la sanción que estos conllevan se encuentra especificado en la Ley General Tributaria, que es algo así como la Biblia de la facturación de autónomos.
En ese texto, especialmente en los artículos 200 y 201, se encuentra toda la información respectiva a las sanciones por errores en la facturación de los autónomos.
Pero, claro, ¿te vamos a hacer leer una ley que consta de nada más y nada menos que 270 artículos, 24 disposiciones adicionales y no sé cuántas disposiciones finales? Pues por supuesto que no.
Porque para eso estamos en Xolo: para resumir, filtrar y traducir a tu idioma todo lo que dicen las leyes al respecto del trabajo de los autónomos. Así que vamos con ello.
En el artículo 201 de la Ley General Tributaria, también conocida como LGT, se diferencian tres tipos de infracciones por incumplir obligaciones de facturación o documentación. Estas son:
Según la LGT, constituye una infracción leve el incumplimiento de “las obligaciones relativas a la correcta expedición o utilización de los documentos de circulación exigidos por la normativa de los impuestos especiales”, que es aquella que afecta a ciertas profesiones, tales como los autónomos inscritos en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.
En este caso, la sanción por cada documento incorrectamente expedido o utilizado será de 150 euros.
Ya que vamos de menor a mayor gravedad, ahora tocan, ya, las infracciones graves, que suelen ser las más habituales en la facturación de toda trabajadora por cuenta propia.
Las infracciones graves son las relativas al incumplimiento de los cuatro puntos principales de la facturación antes mencionados: la expedición, remisión, rectificación y conservación de facturas o documentos sustitutivos.
Dependiendo de qué error cometas, la sanción puede ser de dos cuantías diferentes:
Para el final dejamos las infracciones muy graves, la pena capital en esto de la Ley General Tributaria, el demonio en persona para cualquier inspector de Hacienda, el equivalente en esto del trabajo autónomo a comprar una tortilla de patatas precocinada y envasada.
Y te preguntarás qué es tan grave como para ser considerado una infracción muy grave en la facturación. Pues muy sencillo: la expedición de facturas o documentos sustitutivos de dichas facturas con datos falsos.
En este caso, ya si que no estamos hablando de multas más o menos leves, como las que veníamos explicando hasta ahora. No, ni mucho menos. Si cometes una infracción muy grave, la sanción será del 75% del importe del conjunto de las operaciones que hayan originado la infracción.
Así que, por si en algún momento te lo habías planteado: no, emitir facturas falsas no compensa, en absoluto.
Pero dejémonos de tanta teoría y vayamos con algo más divertido y más didáctico: algunos ejemplos habituales de sanciones por errores en la facturación.
Te presentamos a Mónica: ella es traductora, políglota, inteligente, eficiente y, sobre todo, muy despistada.
Lo hace todo bien, cumple siempre con los tiempos que le marcan los clientes y cualquier empresa quiere contar con sus servicios. ¿Su único problema? Que a veces se le va la olla. De hecho, su última ida de olla, por eso de que trabaja con clientes de Alemania a los que no tiene que emitir el IVA, ha sido mandar una factura sin IVA a un cliente de Puigcerdá. Factura que no ha rectificado.
¿El resultado? Infracción grave y sanción del 1% de la factura, que era de un total de 1000 euros. O sea, 100 euros menos para Mónica por despistada.
Se llama Manolo: es constructor, amigo del concejal de obras públicas de su ayuntamiento, solo le paga las rondas en el bar al que le pueda hacer rico y, por encima de cualquier otra cosa, es un aguililla.
¿Cuál ha sido su última gran hazaña? Emitir una factura de 10.000 con datos falsos para beneficiar a uno de sus “amigotes” (qué palabra más terrible, esa de amigote).
¿El resultado? Infracción muy grave y sanción del 75% del valor total de la factura. Es decir, 7500 euros menos para Manolo.
Se llama Juan Tamariz: es mago, es un fenómeno y le cae bien a todo el mundo.
¿Qué le ha sucedido? Pues que en su último espectáculo no solo ha hecho desaparecer varias cartas de su mano, sino que, de paso, también ha provocado que se desvaneciera la factura por su último espectáculo.
¿El resultado? Infracción grave y sanción del 2% del valor de la factura. Al inspector de Hacienda le encantaría perdonársela, porque de niño era muy fan de Juan Tamariz, pero el trabajo no se lo permite.
Así pues, como has podido ver en este artículo, los errores en la facturación o en la contabilidad —porque también estamos obligados, por la misma LGT, a llevar o conservar la contabilidad, los libros y registros de toda nuestra facturación— pueden conllevar no solo un quebradero de cabeza, sino una pérdida de dinero importante.
Aun asumiendo que ninguna de las que estáis leyendo este artículo os planteáis emitir una factura con datos falsos (lo cual supondría una infracción muy grave), las sanciones por errores simplemente graves ya oscila entre el 1% y el 2% del total de las facturas. Y eso, como bien se puede imaginar cualquiera, es mucho dinero.
Así que lo mejor que puedes hacer es prestar mucha, pero que mucha atención a tu facturación, o…
…o, solución entre las soluciones para cualquier problemática que tenga que ver con el trabajo autónomo, darte de alta con nosotros, con Xolo. Porque te ofrecemos:
✔️ Un programa de facturación propio, con el que te será más fácil evitar multas por errores en tu facturación como autónomo
✔️ Un equipo de gestores que presentará las declaraciones de impuestos de forma correcta
✔️ Y, por si no todavía lo has realizado, el alta de autónomo GRATIS en la Seguridad Social y Hacienda
Porque en la vida de la trabajadora autónoma se pueden cometer muchos errores, pero, creemos que el mayor de todos es no confiar en nosotros todo tu papeleo.
Porque así somos en Xolo, humildes como un director francés de cine independiente 👻.
Sobre Xolo
Xolo es mucho más que una gestoría digital. Ayudamos a los freelance con el papeleo para que puedan dedicar su tiempo a hacer crecer su negocio. Ofrecemos soluciones de facturación, contabilidad y fiscalidad para escalar la revolución freelance y del futuro del trabajo.